martes, 23 de octubre de 2007

castigo escolar según paises

LEGALIDAD DEL CASTIGO CORPORAL EN LA ESCUELA(4)
PANAMÁ.-El Castigo Corporal es legal en el ámbito educativo. El artículo 443 del Código de la Familia estipula: “El pupilo debe respeto y obediencia al tutor. Éste podrá corregirlo moderadamente.” El Castigo Corporal que ocasione lesiones es sancionable, conforme al Código Penal
REPUBLICA CENTRAL AFRICANA.-El Castigo Corporal es legal en las escuelas. La Orden Imperial No. 78/034 (1978) cubre la protección física y moral de personas jóvenes en instituciones educacionales o escuelas de internado.
SIERRA LEONA.-El Castigo Corporal es legal en las escuelas bajo el artículo 3 del Acta de Prevención de la Crueldad hacia la Niñez (ver arriba). Debe ser administrado por el director del centro solamente o por profesoras mujeres en el caso de niñas. El Acta Educativa (2004) no hace referencia al Castigo Corporal.
SRI LANKA.-El Castigo Corporal es legal en las escuelas bajo la Ordenanza Educativa (1939) (artículos 23 y 56). Está prohibido en la Circular Educativa No. 11/2001 del 30 de Marzo de 2001, pero la legislación o ha sido modificada de acuerdo con ésto. La Ordenanza de Educación también permite a las cortes pasar sentencia de azote con varas para casos de truhanada persistente en las escuelas (artículos 56 y 71)
TOGO.-El Castigo Corporal es legal en las escuelas. Una orden de 1980 por el Ministerio de Educación e Investigación prohibió su uso y otra Orden Ministerial en 2000. El el 2004 una campaña de sensibilización a través de los medios fue llevada a cabo en las escuelas con la visión en abolir el Castigo Corporal.
TRINIDAD Y TOBAGOEl Castigo Corporal de niños es legal en escuelas públicas y privadas bajo la sección 22 del Acta de la Niñez (ver arriba). Está prohibido por el Acta de la Niñez (Enmienda) que señala que para los profesores “castigo razonable” no incluye el Castigo Corporal (sección 10A), pero este Acta no está aún (febrero 2005) en efecto, y han habido numerosas llamadas de profesores, padres y sindicatos de maestros para reinstituir el Castigo Corporal en las escuelas. En Junio de 2004, el Ministro de Educación publicó una investigación encargada por el gobierno sobre la indisciplina en las escuelas que recomendaba la reinstitución del Castigo Corporal.
URUGUAY.-El Castigo Corporal es legal en el ámbito educativo. El Código de la Niñez y la Adolescencia autoriza a los jueces a tomar medidas ante denuncias de maltrato y “castigos exagerados” aplicados por los responsables de los niños en instituciones educativas, indicando con ello que es legal aplicar castigos corporales que no sean considerados exagerados

No hay comentarios: